La Protección Civil, como instrumento de la política de seguridad pública, es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada…
El Ministro del Interior ostenta la superior autoridad en materia de Protección Civil y cuenta con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, como órgano directivo de asistencia al titular del Departamento.
En la constante evolución del Sistema Nacional de Protección Civil, esta Dirección General será impulsora en su planificación y en la coordinación entre los distintos actores implicados en materia de Protección Civil, tanto de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, como de los organismos supranacionales e internacionales, aportando en su caso medios útiles para la gestión de emergencias importantes o cuando exista una alta probabilidad de que éstas se produzcan.
De acuerdo con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil:
La Protección Civil, como instrumento de la política de seguridad pública, es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada.
El Sistema Nacional de Protección Civil integra la actividad de Protección Civil de todas las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, con el fin de garantizar una respuesta coordinada y eficiente a través de las siguientes actuaciones:
- Anticipación
La anticipación tiene por objetivo determinar los riesgos en un territorio basándose en las condiciones de vulnerabilidad y las posibles amenazas y comprende los análisis y estudios que permitan obtener información y predicciones sobre situaciones peligrosas.
- Prevención
Comprende el conjuto de medidas y acciones encaminadas a evitar o mitigar los posibles impactos adversos de los riesgos y amenazas de emergencia.
- Planificación
Los Planes de Protección Civil son los instrumentos de prevención del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso de emergencia, así como del esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.
- Respuesta inmediata
Es la actuación de los servicios públicos o privados de intervención y de asistencia tras el acaecimiento de una emergencia o en una situación que pudiera derivar en emergencia, con la finalidad de evitar daños, rescatar y proteger a las personas y bienes, velar por la seguridad ciudadana y satisfacer las necesidades básicas de subsistencia de la población afectada.
- Recuperación
Conjunto de acciones y medidas de ayuda de las entidades públicas y privadas dirigidas al restablecimiento de la normalidad en la zona siniestrada, una vez finalizada la respuesta inmediata a la emergencia.
- Evaluación e inspección
Se aplicará a todas las actuaciones del Sistema Nacional y la llevarán a cabo las Administraciones Públicas competentes de acuerdo a las directrices elaboradas por el Consejo Nacional de Protección Civil.
Las actuaciones del Sistema se regirán por los principios de colaboración, cooperación, coordinación solidaridad interterritorial, subsidiariedad, eficiencia, participación, inclusión y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Los ciudadanos y las personas jurídicas participarán en el Sistema en los términos establecidos en la ley.
Fuente: http://www.proteccioncivil.es